Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 

Art 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.
Literal_a1 Organigrama de la Institución  
Literal_a2 Base legal que rige a la Institución
Literal_a3 Regulaciones y procedimiento internos
Literal_a4 Metas y objetivos de las unidades administrativas
Literal_b1 Directorio de la Institución
Literal_b2 Distributivo de personal
Literal_c Remuneración mensual por puesto
Literal_d Servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos
Literal_e Texto integro de todos los contratos colectivos vigentes
Literal_f1 Formularios o formato de solicitudes

Literal_f2 Formulario acceso a la información pública
Literal_g Presupuesto de la Institución
Literal_h Resultados de auditorias internas y gubernamentales

Literal_i Procesos de contrataciones
Literal_j Listado de empresas y personas que han incumplido contratos
Literal_k Planes y programas en ejecución
Literal_l Contrato de créditos externos o internos
Literal_m Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía
Literal_n Viaticos informes de trabajo y justificativos

Literal_o Responsable de atender la información pública

REDES SOCIALES

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